Wednesday, February 27, 2013
Consejos de Inmigración para Presentadores Culturales
P-3 Artista o presentador que viene para formar parte de un programa cultural único
La clasificación P-3 se aplica si usted viene temporalmente para presentarse, enseñar, o entrenar en calidad de artista o presentador, individual o como parte de un grupo, bajo un programa cultural único.
Criterios de elegibilidad
Usted debe venir a los Estados Unidos con el propósito de desarrollar, interpretar, representar, entrenar, o enseñar una presentación o evento étnico, cultural, musical, teatral, o artístico que es único o tradicional. Además, puede venir a los Estados Unidos para participar en un evento cultural, o en eventos que darán a conocer o contribuirán al desarrollo de su disciplina artística. El programa puede ser de naturaleza comercial o no-comercial.
Trámite para la solicitud
Para que usted venga a los Estados Unidos su empleador en los EE.UU. debe tramitar un Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante. Para más información sobre el trámite del Formulario I-129, vea el enlace a la derecha “Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante”.
Documentos que debe presentar con el formulario
Su Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:
Consulta escrita de una organización laboral apropiada
Declaraciones juradas, testimonios, o cartas de expertos reconocidos certificando la autenticidad de sus aptitudes o las de su grupo para presentar, entrenar, o enseñar artes únicas y tradicionales, y constatando las credenciales del experto, así como una explicación sobre cómo tuvo conocimiento de las aptitudes suyas o de su grupo
Documentación que todas las presentaciones y funciones serán eventos culturales únicos
Documentación que su presentación o la de su grupo es culturalmente único, tal como lo comprobarían reseñas en los periódicos, revistas, y otros materiales publicados.
Nota: Si los eventos o las presentaciones se llevaran acabo en múltiples localidades, se debe presentar un itinerario. El itinerario debe incluir una lista de las fechas y localidades de los eventos.
Para solicitar una visa en el consulado o la embajada de los EE.UU.
Si se aprueba su Formulario I-129, le enviaremos un Formulario I-797, Aviso de acción/aprobación, a su empleador, el cual a su vez se lo enviará a usted. Un aviso de aprobación del Formulario I-797 no es una visa, ya que la visa se debe obtener en el consulado o la embajada de los EE.UU.
El empleador debe presentar la siguiente documentación por adelantado, antes de su cita con el consulado o la embajada de los EE.UU.
Copia del Formulario I-797
Copia del Formulario I-129
Carta en membrete de la compañía con información relevante sobre la compañía (p.e. número de identificación fiscal de la compañía, fecha de la solicitud y número de escaños para citas, descripción breve de deberes de los trabajadores, etc.)
Lista de los solicitantes, en orden alfabético, con información personal relevante (p.e. fecha de nacimiento, número de pasaporte, si el trabajador está regresando, etc.)
Cuando acuda a la cita debe presentar:
Pasaporte válido y evidencia de toda visa otorgada previamente
Original del Formulario I-797
Un Formulario DS-156, Solicitud de visa de no-inmigrante, completado y firmado (vea el enlace a la derecha para el “Formulario DS-156, Solicitud de visa de no-inmigrante”)
Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de vigencia de por lo menos seis meses más allá que la estadía que se propone en los Estados Unidos
Un Formulario DS-157, Solicitud suplementaria de visa de no-inmigrante el cual debe ser completado por todo solicitante de visa masculino entre las edades de 16 y 45 años (vea el enlace a la derecha para “Formulario DS-157, Solicitud suplementaria de visa de no-inmigrante”),
Una fotografía 2X2 pulgadas
Período de estadía/Extensión de estadía
Período inicial de estadía
Extensión de estadía
Tiempo necesario para completar el evento, la actividad, o la función, que no debe exceder 1 año
Incrementos de hasta 1 año para poder continuar o completar el evento, la actividad, o la función.
Se utiliza el Formulario I-129 para solicitar un cambio de estatus, extensión de estadía, o un cambio de empleo.
Para más información, vea los enlaces a la derecha para “Extensión de estadía” y “Cambio de estatus de no-inmigrante”.
Cambio de empleo
Usted puede cambiar sus empleadores, pero únicamente después de que su empleador nuevo haya tramitado un Formulario I-129 nuevo con USCIS pidiendo permiso para emplearlo y extender su estadía. Usted no puede comenzar su empleo con el empleador nuevo hasta que el Formulario I-129 haya sido aprobado.
Familia de portadores de visa P-3
Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años pueden obtener estatus P-4. Sus dependientes no pueden trabajar, pero sí pueden atender a la escuela o colegio.
Personal esencial de apoyo
El personal esencial de apoyo que sea parte del desempeño de un artista P-3 que brinde servicios de apoyo que no pueden efectivamente ser desempeñados por un trabajador estadounidense; es elegible para la clasificación P-3. El personal de apoyo puede incluir a entrenadores, reclutadores, adiestradores, y otros oficiales del equipo y árbitros.
El empleador EE.UU. debe tramitar un Formulario I-129 separado para el personal de apoyo. La petición debe incluir:
Una consulta de una organización laboral apropiada
Una declaración describiendo sus destrezas esenciales y vitales, previas y actuales, y su experiencia con el artista P-33
Copia del contrato escrito entre el empleador y la persona de apoyo o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual la persona de apoyo estará empleada.
Fuente: http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es/menuitem.e693c9cf3c2f7d18d52fae1074a191a0/?vgnextoid=3d4b47c1c9367210VgnVCM100000082ca60aRCRD&vgnextchannel=3d4b47c1c9367210VgnVCM100000082ca60aRCRD
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