Friday, April 20, 2012

Invertir y Vivir en los Estados Unidos (USA)

Los Estados Unidos es una república federal constitucional compuesta por cincuenta estados y un distrito federal.
Con 9,83 millones de km² y con más de 310 millones de habitantes, es el tercer o cuarto país más grande por área total y el tercero más grande tanto por la superficie terrestre como por población. Es una de las naciones del mundo étnicamente más diversa y multicultural, producto de la inmigración a gran escala.
Es, por otro lado, la economía nacional más grande del mundo, con un PIB estimado en 14,3 billones de dólares (una cuarta parte del PIB global nominal) y una quinta parte del PIB global en paridad de poder adquisitivo.
El país representa dos quintas partes del gasto militar mundial y es una fuerza económica, política y cultural, líder en el mundo.
Estas características políticas y económicas se traducen en las siguientes ventajas para Inversionistas y Ejecutivos Colombianos:
1) Una alta calidad de vida, particularmente en términos de seguridad y la prestación de servicios estatales básicos
2) La existencia de sistemas de prestación de servicios que poseen la mayor eficiencia y calidad en servicios de salud y educación
3) Prosperidad comercial y empresarial para Inversionistas y Ejecutivos
4) Acceso a los mayores mercados financieros, de seguros, propiedad real, etc.
5) Marco jurídico claro y un sistema legal estable con amplia oportunidad para la negociación y el litigio rápido y eficaz
Condiciones de Prosperidad Comercial y Empresarial para Inversionistas y Ejecutivos
Un sabio refrán dice que el éxito genera éxito. Aun cuando la economía sufrió una dura crisis durante el 2008 y el 2010, actualmente existen una variedad de oportunidades de inversión, paralelas a sus beneficios de inmigración, que pueden ser aprovechas por Inversionistas y Ejecutivos Colombianos:
1) Negocios o Empresas están siendo vendidos por personas motivadas para ello y la empresa o negocio presenta un potencial de proyección de ingreso y retorno sobre la inversión
2) Bienes raíces pueden ser adquiridos a precios bajos

Sabe Usted Que Hace el Departamento de Inmigración (USCIS)


Qué hacemos

Algunos de los servicios que ofrecemos son:

  • Ciudadanía (incluye el proceso de naturalización correspondiente)
    Los individuos que desean ser ciudadanos estadounidenses por naturalización radican sus solicitudes en el USCIS.  Nosotros determinamos su elegibilidad, procesamos las solicitudes y, si la petición se aprueba, programamos la asistencia del solicitante a una ceremonia en la que se le toma el juramento de fidelidad a la Constitución de los Estados Unidos. También determinamos la elegibilidad y ofrecemos documentación de ciudadanía estadounidense a aquellas personas que la obtuvieron o recibieron a través de sus padres. Para más información, vea el enlace “Ciudadanía” a la derecha de la página.
  • Inmigración de los miembros de una familia
    USCIS maneja el proceso que permite a residentes permanentes y a ciudadanos estadounidenses traer familiares directos a residir y trabajar en los Estados Unidos. Para más información, vea el enlace “Familia” a la derecha de la página.
  • Trabajo en los Estados Unidos
    USCIS maneja el proceso que permite a individuos de otros países trabajar en los Estados Unidos. Algunas de las oportunidades son temporeras y otras constituyen una vía para obtener la residencia permanente (tarjeta verde). Para más información, vea el enlace “Trabajar en los Estados Unidos” a la derecha de la página.
  • Verificación del derecho legal de un individuo a trabajar en los Estados Unidos (E-Verify)
    USCIS maneja el sistema que permite a empleadores verificar de manera electrónica la elegibilidad laboral de empleados contratados recientemente. Para más información, vea el enlace “E-Verify” a la derecha de la página.
  • Programas Humanitarios
    USCIS administra programas humanitarios mediante los cuales se ofrece protección a individuos dentro y fuera de los Estados Unidos que han sido desplazados por guerras, hambruna, disturbios cívicos y políticos e individuos obligados a huir de sus países para evitar el riesgo de muerte o tortura de manos de perseguidores.  Para más información, vea el enlace “Programas Humanitarios” a la derecha de la página.
  • Adopciones
    USCIS se encarga del primer paso en el proceso de adopción de niños de otros países por parte de ciudadanos estadounidenses. Anualmente se realizan aproximadamente 20,000 adopciones.
  • Integración Cívica
    USCIS propicia la enseñanza y capacitación acerca de los derechos y las responsabilidades de la ciudadanía y ofrece a los inmigrantes información y herramientas para su integración satisfactoria a la cultura cívica estadounidense. Para más información vea el enlace “Ciudadanía” a la derecha de la página.
  • Genealogía
    El Programa de Genealogía del USCIS es un programa de pago-por-servicio que les otorga a historiadores de familia y a otros investigadores el acceso oportuno a registros históricos de inmigración y naturalización. Para más información vea el enlace “Genealogía” a la derecha de la página.

Otras agencias concernientes:

Existen varias agencias del gobierno federal que junto al USCIS administran la Ley de Inmigración y Nacionalidad.  Estas también participan en la determinación de elegibilidad para admisión a los Estados Unidos de los individuos y garantizan el cumplimiento de las leyes y reglamentos. A continuación se enumeran estos otros organismos. (Vea también los enlaces a sus sitios Web a la derecha).
  •  El Servicio de Aplicación y Cumplimiento de las Leyes de Inmigración y Aduanas se encarga del cumplimiento de la Ley de Inmigración en el interior, la detención y la expulsión, así como de los programas de estudiantes y visitantes de intercambio.
  • El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza está a cargo del patrullaje en las fronteras y de las inspecciones de inmigración en los puertos de entrada aéreos y terrestres de los Estados Unidos.
  • El Departamento de Estado de los Estados Unidos se encarga de la emisión de visas, la emisión de pasaportes de los Estados Unidos y de a la administración del Programa de Lotería de Visas  de Diversidad.

Formas de Verificación para Trabajar en USA


Formularios para Empleo


Por favor, lea las instrucciones generales acerca de los formularios de inmigración, así como información sobre el pago de tarifas y cómo solicitar exenciones de pago. Usted puede acceder estas páginas en los enlaces correspondientes localizados a la derecha.
TítuloNúmero de formularioCuota de radicaciónEdición
Verificación de Elegibilidad de EmpleoI-9$0Fecha de Revisión: 
08/07/09. Usted puede ver la fecha de revisión en la parte inferior derecha del formulario. Actualmente se acepta la edición del 02/02/09.
Petición para un trabajador no-inmigranteI-129$32510/07/11. Se aceptan las ediciones con las fechas de 01/19/11 y 11/23/10.
Solicitud visa no-inmigrante basada en una petición L general (blanket L)I-129S$004/01/12. Se aceptan edicion con fecha de 11/23/10.
Solicitud de documento de viajeI-131$360. El documento de viaje de un Refugiado de edad de 16 años o mayor es de $135 y para menores es de $105. Se requiere servicios biométricos cuya tarifa es de $85, para aquellos solicitantes por una permiso de re-entrada y un documento de viaje de refugiado de las edades de 14 a 79 años, a menos que el solicitante resida fuera de los EE.UU. en el tiempo de presentar su solicitud. Para los solicitantes de "advance parole" no se requiere servicios biométricos. Si desea pagar ambas tarifas con un cheque o giro postal, puede hacerlo por un total de $445 a nombre de "Department of Homeland Security"11/05/11. Se aceptan las ediciones con las fechas de 11/23/10, 02/12/10, 07/14/09, 03/24/09, 10/30/08, 05/27/08 y 02/26/08.
Petición de trabajo en los Estados Unidos para ciudadanos extranjeroI-140$58004/08/11. Se aceptan las ediciones de 11/23/10, 06/14/10 y 01/06/10.
Petición para ameriasiático, viudo(a) o inmigrante especialI-360$405. Hay excepciones.01/18/11. Se aceptan ediciones anteriores con las fechas de 11/23/10; 11/08/09 y 12/30/09.
Petición de inmigrante por empresario extranjeroI-526$1,50011/23/10. Se aceptan las ediciones de las fechas de 04/21/10, 01/06/10, 06/12/09 y 12/16/08. Nota acerca de la expiración: 
USCIS continúa aceptando la edición de 11/23/2010 del Formulario I-526, a pesar de haber pasado la fecha de expiración. (El formulario está actualmente disponible para descargarse desde esta página). Un formulario con fecha de expiración nueva será publicado tan pronto esté disponible. Por favor, visite esta página periódicamente para actualizaciones.
Registro interinstitucional de solicitudes -- Autorización de empleo para personas a cargo de titulares en las categorías A, G u OTAN o ajuste al estatus A, G u OTANI-566$003/09/12
Solicitud de autorización de empleoI-765$38001/19/11. Se aceptan las ediciones de las fechas: 11/23/10, 02/12/10, 08/19/09, 10/30/08, 10/16/08 y 05/27/08 Nota acerca de la expiración:USCIS continúa aceptando la edición de 01/19/2011 del Formulario I-765, a pesar de haber pasado la fecha de expiración. (El formulario está actualmente disponible para descargarse desde esta página). Un formulario con fecha de expiración nueva será publicado tan pronto esté disponible. Por favor, visite esta página periódicamente para actualizaciones
Solicitud de un empresario para la eliminación de condicionesI-829La tarifa es de $3,750 además de una tarifa para biometría de $80. Una tarifa de biometría adicional de $85 debe abonarse por cada dependiente residente condicional, enumerados en la Parte 3 o Parte 4 del Formulario I-829.07/30/11. Se aceptan ediciones anteriores.
Declaración jurada de patrocinio económico bajo la sección 213A de la leyI-864Aunque USCIS no cobra una tarifa por presentar este formulario, el Departamento de Estado cobra una tarifa de $70 cuando la declaración jurada de patrocinio económico es revisada domésticamente. Esto no aplica si la declaración jurada de patrocinio económico es presentada en el extranjero.09/19/11. Se aceptan la ediciones anteriores.
Contrato entre un miembro del grupo familiar del patrocinador y el familiar auspiciadoI-864A$009/19/11. Se aceptan la ediciones anteriores.
Declaración jurada de patrocinio económico bajo la sección 213A de la leyI-864EZAunque USCIS no cobra una tarifa por presentar este formulario, el Departamento de Estado cobra una tarifa de $70 cuando la declaración jurada de patrocinio económico es revisada domésticamente. Esto no aplica si la declaración jurada de patrocinio económico es presentada en el extranjero.09/19/11; Se aceptan ediciones anteriores.
Guías de pobrezaI-864P$003/01/12. No utilice ediciones anteriores.
Exención de declaración jurada para posible inmigranteI-864WAunque USCIS no cobre una tarifa para presentar este formulario, el Departamento de Estado cobra una tarifa de $88 cuando la declaración jurada de patrocinio económico es revisada domésticamente. Esto no aplica cuando la declaración jurada de patrocinio económico es revisada en el extranjero.919/11. Se aceptan la ediciones anteriores.
Aviso de cambio de domicilio del patrocinadorI-865$010/26/10
Solicitud de autorización para la emisión de certificados para trabajadores de asistencia médicaI-905$23010/30/11. Se aceptan ediciones anteriores.

Inmigración y Peticiones de Matrimonio


La Visa para Contraer Matrimonio tiene tres aspectos: 
- En primer lugar, con la Categoría K1 un ciudadano Americano o un residente permanente puede solicitar que la persona beneficiaria de la visa este autorizada para entrar a los Estados Unidos en su calidad de prometida o prometido del ciudadano o residente con el expreso propósito y obligación de contraer matrimonio dentro de los noventa (90) días siguientes de haber entrado legalmente a los Estados Unidos
Una vez el matrimonio ha sido realizado, la persona beneficiaria puede aplicar para residencia permanente y eventualmente para ciudadanía Americana a través de los procesos de inmigración conocidos como Ajuste de Estatus y Naturalización
- En segundo lugar, la Categoría K3-V3 son visas que permiten a los cónyuges e hijos de ciudadanos americanos y residentes permanentes entrar a los Estados Unidos para acompañar a su respectivo cónyuge y/o padre o madre.
Esta categoría de visa es utilizada cuando el peticionario (ciudadano Americano o residente permanente) ha previamente solicitado que su cónyuge o hijo o hija sean concedidos un estatus migratorio similar al suyo pero el beneficiario de la visa se encuentra fuera de los Estados Unidos o se encuentra en otro estatus migratorio dentro de los Estados Unidos
- En tercer lugar, es posible que un ciudadano Americano o un residente permanente soliciten a las autoridades de inmigración que su cónyuge o su descendencia sean conferidos un estatus migratorio derivado de su calidad de ciudadano o residente.

Visas B1 y B2


1.    B-1 Para Negocios
La Visa de Negocios (B1) está diseñada para permitir el ingreso de personas extranjeras a los Estados Unidos que quieran realizar una actividad comercial de carácter legítimo. Esta actividad comercial incluye actividades relacionadas a:
·  Atender conferencias, trade shows, eventos corporativos, y visitar potenciales socios comerciales
·         Realizar la negociación de contratos y velar por su ejecución
·         Realizar asesorías empresariales y comerciales
Es importante notar que la Visa de Negocios (B1) tiene dos importantes limitantes:
  • En primer lugar, la persona beneficiaria de la misma no puede realizar actividades que sean consideradas como trabajo en los Estados Unidos sin un cambio de su situación migratoria
  • En segundo lugar, el beneficiario de la misma no puede recibir o esperar recibir compensación por las actividades que desempeñen en los Estados Unidos de una fuente empresarial o comercial que sea considerada como incluida dentro de la jurisdicción legal Americana.

2.    B-2 Para Turismo o Tratamiento Médico

La Visa de Turista (B2) está diseñada para permitir a personas extranjeras entrar a los Estados Unidos para realizar actividades de placer, turismo, o entretenimiento y para la obtención y realización de tratamientos médicos en ciertas situaciones
Las características principales de esta Visa de Turista (B2) son:
  • Es una categoría que permite múltiples entradas durante cinco años, sin que ninguna de las entradas supere un máximo de 6 meses
  • El beneficiario de la visa debe demostrar que posee lazos suficientes y sustanciales desde el punto de vista laboral, financiero, y socio familiar que garanticen que no se quedará en los Estados Unidos pues tiene un vínculo que lo ata  a su país de origen después de una corta estadía en los Estados Unidos

Comprando Bienes en los Estados Unidos


Que es la asesoría de inmigración y porque es importante para cualquier persona interesada en invertir, vivir, y trabajar en los Estados Unidos

La economía Americana y las leyes que rigen las transacciones comerciales son complejas. La descentralización y la alta tasa de movimiento comercial conlleva que decisiones importantes en términos de recursos monetarios y comerciales.

Las personas extranjeras que compran bienes raíces o negocios en los Estados Unidos se encuentran en el mismo dilema de los comparadores Americanos cuando se trata de pagar el precio de compra de una inversión y de obtener un beneficio de inmigración relacionado a dicha inversión. El comprador extranjero tiene varios asuntos que tener en cuenta al momento de realizar la inversión:
  1. Si dispone del dinero en efectivo suficiente para pagar por el precio de compra en su totalidad, de debe preocupar es de tener título debido de los bienes que adquiere
  2. Si no dispone del dinero en efectivo suficiente para pagar por el precio de compra en su totalidad, de debe preocupar de obtener título debido de los bienes que adquiere y de la obtención del financiamiento necesarios con términos adecuados y aceptables 
  3. Finalmente, un comprador extranjero debe preocuparse de asegurar la visa o estatus legal que le permita operar un negocio o administrar un bien inmueble o disfrutar de una propiedad vacacional en los Estados Unidos