Saturday, March 2, 2013

Consejos de Inmigración para Estudiantes

Estudiantes y visitantes de intercambio Los Estados Unidos les abre sus puertas a miles de estudiantes extranjeros y visitantes de intercambio cada año. Si usted quiere cursar estudios académicos o vocacionales a tiempo completo en los Estados Unidos, puede ser que cumpla con los requisitos para una o dos categorías de estudiante no inmigrante. La categoría “F” es para los estudiantes académicos y la “M” es para los estudiantes vocacionales. Si usted quiere participar en un programa de intercambio, puede ser que cumpla con los requisitos para la categoría “J” para visitantes de intercambio. La visa J es para programas de intercambio cultural y educativo designados por la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado. Si desea más información sobre los requisitos de elegibilidad y sobre el proceso de solicitud, consulte los enlaces a la izquierda bajo “Estudiantes y visitantes de intercambio”. Estudiantes académicos y vocacionales (visas F y M) F-1 Estudiantes académicos F-2 Cónyuges e hijos de F-1 F-3 Estudiantes académicos nacionales canadienses o mexicanos que tienen que desplazarse periódicamente M-1 Estudiantes vocacionales M-2 Cónyuges e hijos de M1 M-3 Estudiantes vocacionales nacionales canadienses o mexicanos que tienen que desplazarse periódicamente Visitantes de intercambio (visas J) J-1 Visitantes de intercambio J-2 Cónyuges e hijos de J-1 

Fuente:http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es/menuitem.e693c9cf3c2f7d18d52fae1074a191a0/?vgnextoid=9efd41b7410a3210VgnVCM100000b92ca60aRCRD&vgnextchannel=9efd41b7410a3210VgnVCM100000b92ca60aRCRD

Friday, March 1, 2013

Consejos de Inmigración para Inversionistas

E-2 Inversionistas por Tratado Comercial La clasificación E-2 está autorizada si usted es un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado comercial y está viniendo a los Estados Unidos únicamente para dirigir y desarrollar las operaciones de una empresa en la cual tiene inversiones, o participa activamente en el proceso de invertir, una cantidad substancial de capital. La inversión relacionada debe colocar el capital que le pertenece y que usted controla, y el cual adquirió legalmente, en riesgo comercial con objetivo de conseguir ganancias, y sujeto a pérdida si la inversión fracasa. Criterios de elegibilidad Para ser elegible para esta clasificación, usted debe demostrar que: Usted es un extranjero de un país con el cual los Estados Unidos un tratado o acuerdo Usted (o en el caso de un empleado de un inversionista de tratados que solicita la clasificación E-2, el dueño de la empresa de tratado) dirigirá o desarrollará la empresa. Usted debe demostrar que controla la empresa demostrando ser dueño de por lo menos el 50% de la empresa, procesando control operacional a través de un puesto de gerencia o otro medio corporativo o por otros medios Usted ha invertido o está activamente envuelto en el proceso de invertir en la empresa La inversión es substancial, o sea suficiente para asegurar su compromiso financiero en el éxito de la operación de la empresa y lo suficientemente grande para apoyar la posibilidad de que usted dirigirá y desarrollará la empresa La empresa de inversión no es una empresa marginal Usted será empleado con un cargo de ejecutivo o supervisor, o posee habilidades que son altamente especializadas y esenciales para la operación de la empresa comercial, si usted no es el inversionista principal. Los trabajadores ordinarios con o sin habilidades especiales que no tengan una habilidad única o esencial no califican si no son el inversionista principal Para la lista de países con tratados aprobados E-2, seleccione el enlace “Departamento de Estado, Países con tratados aprobados” que aparece en la parte derecha de la página. Tramitación de la solicitud Usted debe solicitar para esta categoría de visa en su propio nombre directamente en una embajada u oficina consular de los Estados Unidos en el extranjero o solicitar un cambio de estatus mientras se encuentra en los Estados Unidos utilizando el Formulario I-129, Petición para un trabajador no-inmigrante. Para solicitar una visa E-1 en el extranjero, debe presentar los siguientes formularios y documentación: Formulario DS-156, Solicitud de visa para no-inmigrante, completado y firmado. Seleccione el enlace “Formulario DS-156, Solicitud de visa para no-inmigrante” que aparece en la parte derecha de la página. Formulario DS-157, Solicitud suplementaria para visa de no-inmigrante, que facilita información adicional acerca de sus planes de viaje. Se requiere la presentación de este formulario completado para todos los solicitantes varones entre 16 y 45 años de edad. Seleccione el enlace “Formulario DS-157, Solicitud suplementaria para visa de no-inmigrante” que aparece en la parte derecha de la página. Pasaporte válido para viajar a los Estados Unidos y con una fecha de validez de por lo menos 6 meses después de su período previsto de estadía en los Estados Unidos Una fotografía de tamaño 2x2 pulgadas Evidencia que establezca que su propiedad en la empresa u organización califica como empresa u organización con tratado. Además, si usted es empleado de una filial de la empresa u organización, la relación de empresa pariente-filial debe poder ser establecida Evidencia que establezca que la naturaleza del empleo llevado a cabo requiere habilidades ejecutivas, habilidades de supervisión, o habilidades esenciales Evidencia que establezca propiedad y nacionalidad, incluyendo pero no limitado a listas de inversionistas con estatus actual y nacionalidad, certificados de acciones, certificado de propiedad por la sección comercial de una embajada extranjera e informes de un contable certificado Si está presentando la solicitud como ejecutivo o superviso, o por sus habilidades especiales esenciales para la empresa, el Formulario I-129 debe incluir, pero no limitado a, certificados, diplomas, cartas de empleadores describiendo cargos de trabajo, responsabilidades, manuales de operador y el nivel de educación y conocimientos requeridos Evidencia que establezca que la inversión es substancial. Tal evidencia puede incluir, pero no está limitada a, copias de acuerdos de asociación (con una declaración de propiedad proporcional), artículos de incorporación, pagos por el alquiler de oficinas o equipos de oficinas, licencias de negocio, certificados de acciones, inventarios de oficinas (mercancías y equipos adquiridos para el negocio), valoración de seguros, informes anuales, declaración de patrimonio neto llevada a cabo por censores jurados de cuentas, facturas de gastos de publicidad, cuentas bancarias de negocios con fondos para operaciones diarias, fondos bajo custodia de terceros Período de estadía/Extensión de estadía Período inicial de estadía Extensión de estadía 2 años Hasta 2 años por prórroga; no existe límite del número de prórrogas, existen ciertas excepciones. Si existe un cambio substancial en los términos y condiciones de las características básicas del empleador (por ejemplo, una fusión, adquisición o venta), usted debe presentar un nuevo Formulario I-129 y Suplemento E con USCIS solicitando una prórroga de estadía en los Estados Unidos. Como alternativa, usted puede obtener que estampen un nuevo sello en la visa en una embajada o consulado de los Estados Unidos y solicitar admisión en los Estados Unidos por un puerto de entrada. Familiares de personas que poseen una visa E-2 Su cónyuge e hijos no casados menores de 21 años de edad tienen derecho a la clasificación E-2. Su cónyuge tiene derecho a autorización de empleo, pero sus hijos no tienen derecho. Para solicitar autorización de empleo como cónyuge de un no-inmigrante E-2, su cónyuge puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo. Para más información acerca de procesos de la solicitud, seleccione el enlace “Autorización de empleo” que aparece a la derecha de la página. Fuente: http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es/menuitem.e693c9cf3c2f7d18d52fae1074a191a0/?vgnextoid=f448d4abbb267210VgnVCM100000082ca60aRCRD&vgnextchannel=f448d4abbb267210VgnVCM100000082ca60aRCRD